Se extiende período de inscripción y habilita nuevo procedimiento
Se extiende período de inscripción común hasta el 9 de abril y se adapta procedimiento de inscripción.
Por resolución se amplía el período de inscripciones común a las carreras de la Udelar hasta el 9 de abril de 2021, de forma de permitir el ingreso de solicitudes que, por las circunstancias actuales no puedan dar cumplimiento a las etapas presenciales de validación de identidad en locales de Antel.
Procedimiento de inscripción:
Universidad de la República adapta procedimiento de inscripción:
Los futuros estudiantes podrán solicitar su inscripción a la Universidad de la República con un nivel de TuID que no requiere presencialidad en los locales de Antel.
Alcanza con gestionarlo por la web tuid.uy obteniendo un nivel de registro que le permite preinscribirse.
La validación de identidad se realizará luego, comunicándose oportunamente plazos y mecanismos.
NOTICIAS RELACIONADAS:
Inscripciones 2021: vías para enviar documentación faltante:
https://www.litoralnorte.udelar.edu.uy/index.php/es-es/comunicacion/noti...
Solicitar reinicio de clave de www.bedelias.universidad.edu.uy:
https://www.litoralnorte.udelar.edu.uy/index.php/es-es/comunicacion/noti...
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Comunicado COVID-19 n.° 26 sobre nuevo Procedimiento de inscripción:
Montevideo, 24 de marzo de 2021
Visto:
● Las medidas adoptadas por el Poder Ejecutivo, que han implicado el cierre de la atención en las oficinas públicas durante los días venideros, comunicadas el 23 de marzo de 2021.
● Las definiciones adoptadas por la Universidad de la República tendientes a reducir la movilidad, particularmente en las regiones más comprometidas desde el punto de vista sanitario buscando maximizar todo lo posible la continuidad de procesos institucionales.
● La evolución de la epidemia de covid-19 de las últimas semanas, que exige extremar medidas de precaución y reducir los espacios y tiempos de contactos presenciales.
● La declaración de emergencia sanitaria nacional vigente, decretada por el Gobierno nacional como consecuencia de la aparición de la covid-19 en Uruguay.
Considerando:
● La resolución n.° 37 del Consejo Directivo Central (CDC) de la Universidad de la República del 27 de octubre de 2020, donde se encomienda al SECIU la generación de un sistema de inscripciones en línea para la generación de ingreso de 2021.
● La resolución n.° 3 del CDC del 10 de noviembre de 2020, en la que se establece el cambio en las fechas del período común de inscripciones a la Udelar.
● Las inscripciones de estudiantes de la generación 2021 que han permanecido abiertas hasta el 23 de marzo del corriente.
● Las resoluciones adoptadas por la Dirección General de Educación Secundaria (DGES) en el día de hoy, plasmadas en el Documento n.° 3 («Orientaciones en torno a la suspensión de los cursos presenciales»), donde se establece que «Los liceos permanecerán abiertos con una guardia presencial, con una duración de tres horas por cada turno, organizado por los equipos de dirección» y que «Las direcciones liceales garantizarán la tramitación de comunicados de designaciones, el cobro de salarios de todos los actores educativos, expedición de certificados, entre otros».
● Las acciones de coordinación interinstitucional llevadas a cabo con la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP) y con la DGES para definir el calendario común de inscripciones y otros aspectos relativos a la interfase enseñanza media superior-superior.
Y en uso de las potestades concedidas por el art. 26 de la Ley Orgánica, el rector de la Universidad de la República resuelve:
1. Que se amplíe el período de inscripciones común de la Udelar, establecido en la Resolución n.º 3 del CDC, hasta el 9 de abril de 2021 de forma de permitir el ingreso de solicitudes que, por las circunstancias actuales no puedan dar cumplimiento a las etapas presenciales de validación de identidad en locales de Antel. Dicha validación será ejecutada luego por los mecanismos informáticos o presenciales que sean definidos en el marco de la evolución de la situación de movilidad y presencialidad brindando plazos amplios cuando existan certezas acerca de la posibilidad de su cumplimiento.
2. Que el inicio de los cursos curriculares de primer año será en las fechas que cada Facultad, Instituto, Escuela o Centro Regional haya resuelto y anunciado con anterioridad, excepto que, por razones fundadas, decidan diferirlo una semana. En tal caso, tienen el deber de comunicarlo adecuadamente.
3. Que se comunique esta decisión a la Administración Nacional de Educación Pública.
Rodrigo Arim
Rector
https://www.litoralnorte.udelar.edu.uy/index.php/es-es/comunicacion/noti...
https://udelar.edu.uy/portal/2021/03/comunicado-covid-19-n-26-se-extiend...