13.517 personas votaron en el Cenur Litoral Norte en las Elecciones Universitarias
Salto superó el promedio nacional con una alta votación. De acuerdo al Escrutinio Primario de las Elecciones Universitarias 2022, realizado por la Corte Electoral, este arrojó que unos 13.517 universitarios sufragaron en el Cenur Litoral Norte el miércoles 16 de noviembre último.
En Salto la cifra de votos ascendió a 5.910, en Paysandú fue de 4.641, en Artigas de 1.139 y en Río Negro de 1.827.
A nivel nacional se alcanzó una cifra total de 221.151 votantes, lo que representa algo más del 72%, mientras que en Salto el porcentaje de votantes alcanzó el 76% de los habilitados.
Se debe tener en cuenta que en el Cenur Litoral Norte un importante número de estudiantes y docentes no están habilitados para votar, dado que en esta oportunidad solamente se votaban los órganos de cogobierno de las distintas Facultades. Esto lleva a que docentes sin servicio académico de referencia a nivel central o que cursan por ejemplo en los ciclos iniciales optativos no se encuentran dentro del padrón electoral.
Desglosando las cifras de votación por cada orden y sede en el Cenur Litoral Norte, se desprende la siguiente información:
En la sede Salto votaron 2.845 estudiantes, 78 docentes, 2.985 egresados y 2 votos observados, totalizando 5.910.
En la sede de Paysandú votó 1.987 estudiantes, 104 docentes, 2.297 egresados, 253 observados, con un total de 4.641 votos.
La sede Artigas votaron 180 estudiantes, 943 egresados, 16 observados y no se registraron votos por el orden docente, con un total de 1.139 votos.
En Río Negro se registraron 165 votos de estudiantes, 931 egresados, 5 observados, tampoco hubieron votos del orden docente, y un total de 1.101 votos.
La información se encuentra en el sitio oficial de la Corte Electoral.
Se recuerda que la justificación por no votar se debe presentar ante la Corte Electoral hasta 60 (sesenta) días después del acto eleccionario (16 de enero de 2023). Solo serán pasibles de justificación las siguientes situaciones: a) Padecer enfermedad, invalidez o imposibilidad física que impida, el día de la elección, concurrir a la Comisión Receptora de votos; b) Hallarse ausente del país el día de las elecciones; c) Haber estado imposibilitado por razones de fuerza mayor.
Atento a lo dispuesto en el artículo 29 de la ley 15.739, los mayores de setenta y cinco (75)años están exceptuados de la obligatoriedad de emitir sufragio el próximo 16 de noviembre.
En caso de no votar y no justificarlo, las y los estudiantes serán sancionados con la imposibilidad de rendir exámenes durante dos períodos consecutivos, mientras que docentes, egresados y egresadas deberán pagar una multa de 5 Unidades Reajustables.
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