Universidad de la República del Uruguay
Centro Universitario Región Litoral Norte
Sede Salto
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  • Pautas para el funcionamiento del servicio del comedor universitario y nueva agenda de solicitud

    La Comisión Directiva del Centro Universitario Local Salto y el Consejo del Cenur Litoral Norte Udelar aprobaron mediante resolución las Pautas para el funcionamiento del servicio del comedor universitario de Salto. En base al convenio entre la Intendencia Departamental de Salto y la Universidad de la República mediante el Sistema Central de Inclusión y Bienestar Universitario y la sede Salto del CENUR LN Udelar.

    Independiente de ello puedes agendarte para la beca comedor que ofrece Intendencia de Salto y Udelar Salto, en el siguiente enlace:
    https://forms.gle/A6h1RZVa8Nj96XRD9

    Pautas para el funcionamiento

    1. Objeto: Regular el funcionamiento interno del servicio de comedor de conformidad con
    convenio vigente entre la Intendencia Departamental de Salto y la Universidad de la
    República mediante el Sistema Central de Inclusión y Bienestar Universitario y el CENUR
    LN.

    2. Alcance de las pautas: Estudiantes universitarios del CENUR Litoral Norte
    beneficiarios/becarios del servicio de comedor.

    3. Beneficiarios del servicio. El estudiante universitario para ser beneficiario del servicio
    deberá postularse en los plazos previstos por las autoridades competentes. Tendrá que
    presentar la documentación requerida y entrevistarse oportunamente con las trabajadoras
    sociales del Departamento Desarrollo Social de la Intendencia de Salto y/o SCIBU.
    Evaluada la situación del postulante, el equipo determinará la pertinencia de la asignación
    de la beca. A tales efectos, se notificará oportunamente al interesado sobre la aceptación o
    rechazo de la misma.

    4- Uso del servicio. Se distinguen dos usos del servicio: total y parcial.
    a - Uso total del servicio: comprende ser beneficiario del servicio almuerzo y cena de
    lunes a sábado en el establecimiento de comedor. A los efectos del presente convenio el
    beneficiario total tendrá prioridad sobre los beneficiarios parciales en la prestación del
    mismo.
    b- Uso parcial del servicio: comprende ser beneficiario del servicio, bajo las situaciones no
    previstas en el inciso anterior.

    5- Asistencias. El estudiante beneficiario del servicio de comedor que asista regularmente
    durante el año lectivo, tendrá derecho a renovar la prestación al año siguiente. A tales
    efectos, se llevará un control semanal que estará a cargo de la Dirección del Centro
    Universitario Local sede Salto.
    En lo que respecta a la renovación de la beca de alimentación, el equipo técnico SCIBU lo
    evaluará conforme a la asistencia regular y los criterios mencionados en los artículos 3, 4 y 5 del “Reglamento de Becas del Servicio Central de Bienestar Universitario”.
    Se adjunta grilla de referencia:
    Años de Carrera: Años de Beca:
    1 1
    2 2
    3 4
    4 6
    5 7
    6 8
    7 10
    8 11

    6- Inasistencias justificadas. Continuará con la calidad de beneficiario el que no asistiendo
    al comedor universitario, se comunicara con la Dirección del Centro Universitario Local sede Salto con al menos dos horas de antelación al horario de comienzo del servicio (11:30 y
    19:00h),y con razón fundada.
    Por razón fundada se entenderá a los siguientes supuestos: justificación por motivos
    laborales, académicos, de salud, fuerza mayor y por no encontrarse en la ciudad.

    7- Inasistencias injustificadas. El becario del servicio que no comunique su inasistencia
    con la debida antelación, será pasible de suspensión o cese de éste, a consideración de la
    Comisión de seguimiento de Comedor Universitario previo informe de la Dirección del
    Centro Universitario Local sede Salto, sobre el control semanal mencionado en el punto 5.

    8-Identificación: Se crearán tarjetas identificatorias de aquellos becarios que han realizado
    las entrevistas mencionadas en el punto 3. Deberán ser presentadas al momento de utilizar
    el servicio permitiendo su identificación en calidad de tales.

    9- Comunicaciones. A todos los efectos mencionados en los puntos 6 y 7, el beneficiario
    deberá comunicarse con la Dirección del Centro Universitario Local sede Salto, mediante
    correo electrónico institucional, con el fin del control respectivo.

    AdjuntoTamaño
    Comedor Pautas julio 2024.pdf3.37 MB