Programa de Vinculación Universidad – Sociedad y Producción (VUSP) Modalidad 2 - Financiación universitaria
El Programa de Vinculación Universidad – Sociedad y Producción (VUSP) procura acercar las
capacidades de investigación y solución de problemas de la Universidad de la República
(Udelar), a las demandas de la sociedad y la producción uruguayas. Apunta en particular a
favorecer los encuentros entre investigadores/as universitarios/as de todas las disciplinas y áreas del conocimiento, con actores sociales y productivos localizados en el territorio nacional.
El Programa busca:
Favorecer la generación de nuevos vínculos entre equipos de investigación de todas las
áreas del conocimiento con actores sociales y productivos, desde la elaboración y
diseño de la propuesta de investigación;
Promover la creación de conocimiento enfocado a resolver problemas concretos de la
sociedad y de la producción y su intercambio a lo largo del proceso de investigación;
Estimular el intercambio, difusión, transferencia y apropiación de los resultados
obtenidos.
Modalidades del programa
El Programa VUSP se instrumenta a través de dos modalidades:
Modalidad 1: proyectos co-financiados entre la Udelar y una contraparte. En esta modalidad, la
postulación de los proyectos se puede realizar en cualquier momento del año. Las bases están
disponibles en el siguiente enlace: https://csic.edu.uy/node/7
Modalidad 2: proyectos financiados exclusivamente por la Universidad de la República según
se detalla a continuación.
Características de la Modalidad 2
La Modalidad 2 prevé que los proyectos de investigación aprobados cuenten con el
financiamiento total de la Udelar. El objetivo es evitar que el financiamiento sea un obstáculo a la vinculación entre la universidad y la sociedad y la producción. Por esta razón, será especialmente analizada la capacidad de financiamiento de las contrapartes involucradas en las propuestas de modo de determinar si corresponde que el total de la financiación quede a cargo exclusivo de la Universidad de la República. Este análisis resulta determinante para que la propuesta pase a la etapa de evaluación académica en el entendido que no se admitirán
propuestas con contrapartes que por su envergadura o volumen de actividades deberían
participar en el co-financiamiento del proyecto de investigación y por tanto postular a la
Modalidad 1 del programa.
Sobre las contrapartes
Se entiende como contraparte: una organización o grupo de organizaciones ubicadas en el
territorio nacional orientadas a fines productivos y/o sociales, asociadas a través de diversas modalidades con la producción de bienes y servicios, la mejora de la calidad de vida de distintas comunidades en áreas de importancia tales como educación, salud o vivienda.
En particular, podrán actuar como contrapartes:
I. Organizaciones educativas
II. Micro, pequeñas y medianas empresas: entendidas como empresas de hasta 99
trabajadores y ventas anuales, excluido el IVA, de hasta 75.000.000 unidades indexadas
(U.I.) según el Decreto Nº 504/0071
III. Entidades estatales: Sólo se consideran entidades estatales que no sean empresas y
que por sus características, no puedan hacer aportes en efectivo para la realización del
proyecto. Por ejemplo: hospitales públicos, municipios, museos, direcciones pequeñas
dentro de intendencias o ministerios, etc.
IV. Cooperativas
V. Agrupaciones de pequeños productores
VI. Organizaciones sindicales
VII. Organizaciones sociales
No se consideran como contrapartes aquellas instituciones en las cuales la investigación y su
financiación constituya una de sus actividades principales (por ejemplo: INIA, IIBCE, UTEC,
organismos nacionales e internacionales que financian investigación).
Sobre la vinculación
Se espera que el/los docente/s se vinculen con la/s contraparte/s desde el inicio del proceso, que colaboren en la elaboración misma de la propuesta de investigación, participen en el
intercambio de conocimiento a lo largo del proceso de investigación y en la discusión de los
resultados a obtener, con un interés particular en su aplicación para la resolución de un
tema/problema.
La contraparte deberá designar una persona referente para la interacción con el equipo
universitario durante todo el desarrollo del proyecto, incluida la etapa de evaluación del mismo.
3. Quiénes pueden presentar proyectos
El proyecto puede tener hasta dos responsables, de los cuales uno debe ser docente universitario con cargo presupuestado (efectivo o interino) y grado de 2 a 5 al momento de la postulación.
Cada docente podrá presentar una única postulación en calidad de responsable. Los
1Las empresas públicas son consideradas empresas de mayor porte y deberían presentarse en la Modalidad 1 de este llamado. Son consideradas empresas públicas las entidades indicadas por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto
https://transparenciapresupuestaria.opp.gub.uy/inicio/empresas-públicas
Duración de los proyectos y montos
Los proyectos podrán tener una duración máxima de treinta y seis (36) meses.
El monto máximo otorgable por proyecto es de $1.600.000 (pesos uruguayos un millón
seiscientos mil). Estos recursos pueden ser utilizados en sueldos, gastos e inversiones; se debe justificar claramente la distribución propuesta en relación a los objetivos del proyecto.
En esta edición el Programa VUSP (modalidad 2) podrá apoyar hasta 18 proyectos.
En cada año contable del proyecto se podrá ejecutar hasta un 50% del monto máximo
otorgable.
Condiciones en el uso de los fondos
(I) Sueldos:
Ningún integrante del equipo de investigación está autorizado a solicitar la creación de
un cargo en un grado docente superior al existente al momento de presentar la
propuesta.
No se pueden solicitar extensiones y/o dedicaciones compensadas a personas que no
forman parte del equipo de investigación.
El uso de fondos para dedicaciones compensadas debe justificarse con detalle en el
proyecto. Tanto las extensiones horarias como las creaciones de cargos deberán
contemplar lo establecido en el Estatuto de Personal Docente y en el Documento guía
En caso que esta restricción signifique un impedimento absoluto para el desarrollo del proyecto se deberá justificar expresamente en el texto de la propuesta y la Subcomisión estudiará el caso para decidir al respecto.
(II) El uso de los fondos deberá ceñirse estrictamente a lo previsto en la solicitud. En aquellos casos excepcionales en que se deban realizar modificaciones, estas deberán ser comunicadas a la Subcomisión. Se seguirán los criterios establecidos por la CSIC para la gestión de cambios solicitados por los responsables de proyectos.
(III) Los instrumentos, equipos y bibliografía adquiridos con los fondos aportados por la CSIC
en el marco del proyecto son propiedad de la Udelar. Ello debe ser señalado explícitamente en el proyecto.
(IV) No se financiarán actividades que sean cubiertas por otros instrumentos de la CSIC
(congresos, pasantías, profesores visitantes, eventos académicos en el país, publicaciones de
libros y capítulos de libro).
5. Presentación de las propuestas
La presentación a esta convocatoria se hará mediante un formulario disponible en el Sistema
Integral de Gestión y Evaluación de actividades académicas (SIGEVA) disponible en
sigeva.udelar.edu.uy. El formulario deberá completarse con toda la información y los
documentos adjuntos requeridos, de acuerdo a las indicaciones del instructivo disponible en la
web de CSIC (www.csic.edu.uy).
BASES AL PIE DE LA NOTICIA

Adjunto | Tamaño |
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Bases-VUSP-Modalidad-2-2025.pdf | 116.13 KB |